Composición del Consejo Escolar
El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros:
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El director del centro, que será su Presidente.
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El jefe de estudios.
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Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.
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Un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
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Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo. Uno de los representantes de los padres será designado por la asociación de padres más representativa del centro.
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Un representante del personal de administración y servicios del centro.
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El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.