El Consejo Escolar de las escuelas de Educación Infantil y los colegios de Educación Primaria

La Constitución Española, en su artículo 27, establece que "los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca"; este principio de participación se materializa en el denominado Consejo Escolar, uno de los órganos colegiados de gobierno de los centros educativos públicos, que constituye el principal instrumento para que toda la comunidad educativa pueda implicarse directamente en la toma de decisiones del mismo.

 

La composición de este órgano permite que todos los sectores estén representados permitiendo así que la acción educativa de todos ellos se encamine en una misma dirección, evitando enfrentamientos e incoherencias que pueden repercutir en el proceso de enseñanza y aprendizaje de los alumnos.

 

Para más información relativa al Consejo Escolar del Centro y, en general, a la organización y funcionamiento de los centros de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria en la Comunidad de Madrid podéis consultar aquí: